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Los beneficios del régimen de zonas francas
14 septiembre, 2018
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En Uruguay, el fenómeno de las zonas francas nació en el año 1987, con la sanción de la ley Nº1 15921, consolidándose desde entonces como fuente dinámica para captación de inversión, generación de empleo calificado y diversificación de las exportaciones del país.

Quienes aprovechan el régimen de zonas francas están exentos de todo tributo nacional, creado o a crearse tanto interno como al comercio exterior, siendo el Estado responsable por cualquier perjuicio por cambios normativos. Los beneficiarios deben cumplir con rigurosas obligaciones de sustancia económica, precios de transferencia y generación de empleo uruguayo, todo ello respaldado con un plan de negocios.

Según fuentes oficiales, hoy las zonas francas uruguayas emplean aproximadamente a 15 mil personas – muchas de ellas con alto nivel de capacitación-, alcanzan el 11% del total de las exportaciones y el 4,32% del PIB total.

En la actualidad, existen en Uruguay más de 11 zonas francas, en el exterior y en Montevideo y, además de las tradicionales orientadas a la actividad logística, servicios y comercio exterior, como es el caso de Zonamerica, han sido aprobadas nuevas zonas, con proyección específica para los servicios compartidos de multinacionales hacia Latinoamérica y el mundo (como es el caso de Aguada Park y WTC), y también zonas especialmente preparadas para industrias de alta sofisticación, servicios y propiedad intelectual, como la producción e investigación farmacéutica, como es el caso de Parque de las Ciencias. Todas aprovechan los altos índices económicos y de desarrollo humano y democrático de Uruguay, así como su seguridad jurídica y posición geográfica estratégica en el Cono Sur de Sudamérica.

Nadie duda que tanto Colombia como Uruguay han sabido reconocer que las Zonas Francas son una poderosa herramienta para alcanzar el desarrollo de una ambiciosa zona franca de servicios en la ciudad de Cali, que ha sido aprobado recientemente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia.

Para preservar el impulso del régimen de zonas francas, será esencial abordar su vulnerabilidad frente a las presiones tributarias internacionales, en particular las de Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), legitimando su exigencia de sustancia económica y cumplimiento de los estándares tributarios internacionales.

FUENTE: El Observador https://www.elobservador.com.uy/nota/zonas-francas-en-colombia-y-uruguay-2014103111480

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